En esta sección se recopilan las leyes que han legislado en contra de la violencia de género aisladora o de segundo orden.
En la ley 17/2020 del 22 de diciembre se ha incluido el siguiente punto: Violencia de segundo orden. Consiste en la violencia física o psicológica, las represalias, las humillaciones y la persecución ejercitadas contra las personas que dan apoyo a las víctimas de violencia machista. Incluye los actos que impiden la prevención, la detección, la atención y la recuperación de las mujeres en situación de violencia machista.
La Ley para la igualdad de mujeres y hombres. En el artículo 50, punto 4, establece lo siguiente: “Se considera asimismo violencia machista contra las mujeres la violencia ejercida contra las personas que apoyan a las víctimas, así como la ejercida contra su entorno cercano o afectivo, especialmente contra los hijos e hijas u otros familiares, con la voluntad de afligir a la mujer.”